La Audiencia Provincial de Madrid confirma que enlazar a redes P2P no es delito


La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado una vez más que enlazar a redes P2P no constituye un delito.

18-09-2008 – El Mundo – Según han informado David Bravo y Javier de la Cueva, abogados defensores de Sharemula, la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado el sobreseimiento libre en el caso Sharemula que realizó en septiembre de 2007 el Juzgado de Instrucción nº 4 de Madrid.

Este auto de la Audiencia Provincial de Madrid es firme, por lo que ya no cabe recurso alguno contra él.
Según los abogados defensores, en el auto, la Audiencia confirma las tesis de la defensa señalando que enlazar a las redes de pares (P2P) no constituye una actividad criminal, a pesar de que ésta sea la tesis mantenida por las acusaciones particulares.

En el auto destacan algunas afirmaciones. Por ejemplo, que "un enlace simple no supone vulneración de los derechos de propiedad intelectual. Este tipo de enlaces constituye únicamente una forma de facilitar al usuario de Internet el acceso a otra página web, ya que no reproducen la página enlazada, ni dan lugar a un almacenamiento de la misma en la propia página web de la remitente".

Además, también dicen los defensores que la actividad de una página web cuyo contenido son enlaces debe estudiarse conforme la regulación de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio, de 11 de julio de 2002, ya que la web es un prestador de servicios puesto que su actividad se centra en facilitar "enlaces, ni aloja archivos, ni realiza directamente la descarga, limitándose a facilitar una dirección donde se puede descargar la obra, esto es, su actividad se centra en enlazar".
‘Un avance muy importante’

Los abogados defensores señalaron que "supone un avance muy importante porque arroja mucha luz sobre algo que sostenía la industria musical".

"Esto ya no es delito, ya no son teorías, lo dice la Audiencia, y es muy claro", añaden.

Quisieron destacar una frase del auto de la Audiencia: "Una cosa es comunicar publicamente y otra decir donde se puede comunicar publicamente", en alusión a dar sólo los enlaces de las redes P2P.

"Ha sido nuestra tesis desde el principio, y ya hay muchos autos que ls confirman", comentaron

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Diversos internautas se han dirigido al Abogado del Navegante planteando la misma consulta, con distintos matices. A pesar de los múltiples debates surgidos en la Red en los últimos años, persisten las dudas de muchos usuarios sobre la legalidad de la utilización de servicios P2P para descargar obras intelectuales.

¿Es delito?

Por Carlos Sánchez-Almeida

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